📜 El Rompecabezas de la Muerte en Rosario – Por Ricardo Marconi
Corrupción investigada en la intervención de la Biblioteca Popular Constancio C. Vigil
Al armar cualquier rompecabezas histórico de la violencia en Rosario, más de una vez nos hemos obligado, por imperio de las circunstancias, a volver a retroceder en el tiempo.
El caso de la Biblioteca Popular Constancio. C. Vigil es uno de los casos en que lo estamos haciendo, ya que al acceder a fuentes documentales se abren, paralelamente, nuevas puertas que permiten ingresar a más datos esclarecedores.
El análisis de los hechos ocurridos en la biblioteca que nos ocupa, permite agregar nuevas piezas del rompecabezas, para dar a conocer datos que, a su vez, permiten desnudar el rostro –en su momento desconocido-, de sus autoridades.
“Rommel” el asesor pedagógico
Así surgió que el “asesor pedagógico” era Telmo Raúl Alcides Ibarra, quien fue miembro del Servicio de Informaciones de la Jefatura de Policía de Rosario, el que actuó en algunos de los años más oscuros de la historia argentina, haciéndose llamar “Rommel”, ya que tenía como “héroe” al mariscal de campo y comandante nazi Erwin Eugen Rommel.
En el entrecruzamiento de datos que se utilizaron surgió la identidad de otro funcionario que actuó durante la etapa reactiva y misional del ministro de Educación de la Nación Oscar Ivanissevich (1974-1975), protagonista de una de las columnas que desarrollamos en Proyecto Escaño.
Nos referimos a Raúl Pangia, un componente de los servicios de inteligencia con tareas anteriores al golpe de Estado de 1976. El psicólogo habría participado de las depuraciones del personal docente de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) en 1975, quien en abril de 1977 fue convocado para cubrir el cargo de vicerrector en el Instituto Secundario de Biblioteca Vigil, al tiempo que también ejerció como docente de las asignaturas “Psicología” para cuarto y quinto año y “Formación Moral y Cívica” para el ciclo básico.
La camarilla interventora
Dichos sujetos, regentearon la vida escolar, secundados por un subgrupo de nuevos profesores, “especialmente designados desde 1977 en los niveles medios y superior de la educación, evidentemente consustanciados con el régimen dictatorial en general, e institucional en particular utilizando directivas censoras, a la que se denominaría en ese tiempo como “la camarilla”, a cargo de una estrategia intervencionista”[1].
El corpus que reapareció
La citada documentación, que al parecer desapareció, perteneciente a la biblioteca, reapareció tras las gestiones realizadas por la Asamblea de socios por la recuperación de la Biblioteca Popular Constancia C. Vigil”, dado que el control sobre el estado de la causa judicial y estadio de la liquidación patrimonial de la entidad constituyó una de las primeras acciones realizadas, esto es la obtención del expediente judicial 436/77 del 2004, que no lograba ser ubicado en su debido lugar: los Tribunales Provinciales de Rosario, más específicamente, en el Juzgado Civil y Comercial m14º Nominación.
Ulteriormente, se pudo saber que la documentación vigente (1977-2004) se encontraba en el domicilio particular del interventor, Emilio Echen, en funciones en ese tiempo.
En el expediente judicial, denominado “Biblioteca Vigil s/ Operaciones de Liquidación”, siendo su clasificación: Fondo documental: Expediente Judicial Nº 436/77 se menciona al Juzgado Civil y Comercial de la 14º Nominación, mientras que en lo atinente a la localización judicial se menciona a la Asamblea de Socios por la Recuperación de la Biblioteca Popular Constancia C. Vigil”, delimitándose el tiempo de exploración al período 2007 -2012.
En lo que se menciona al contenido general del expediente, se alude a la existencia de 8 cuerpos del proceso judicial y la declaración de la quiebra patrimonial por parte de la Comisión Interventora, a lo que se agrega un detalle de las demandas, inventarios de bienes muebles e inmuebles, tasaciones, subastas y remates, así como una nómina de acreedores, notas desde 1977 a 1983 e informes técnicos y solicitudes y respuestas sobre verificación de créditos, rendiciones de cuentas de bienes liquidados, honorarios y distribución de utilidades[2].
En la investigación que se realizó sobre las actividades cumplidas por el liquidador, se habrían señalado irregularidades, las que pueden resumirse en: Inexistencia de control de los actos, ya que decretada la normalización los órganos de control no fueron notificados y no se le dio participación a los síndicos de la entidad ni aún en la etapa liquidadora y tras el reinicio a la vida constitucional hasta el año 2004.
Asimismo, no se informó trimestralmente el estado de la liquidación a los órganos competentes y ello comportaría “el delito que porta toda la carga histórica del período dictatorial que se anuda a imposibilidad del estatutario control por parte de los dirigentes institucionales en rigor de la renuncia coactiva, detención ilegal y desaparición forzada de los fiscalizadores”.
En otro tramo del texto se señala: “Estas acciones fueron condición de posibilidad de los delitos económicos cometidos” y más adelante indica: “el archivo judicial permite visibilizar y probar el nudo del caso, en tanto las deudas originadas por la actividad de la entidad mutual no llegaron a 100.000 dólares. Por su parte, el patrimonio ascendía aproximadamente a 3.500.000 dólares, los cuales “desaparecieron” sin control a lo largo de 31 años de ininterrumpida liquidación, destacándose un total de 700.000 dólares en honorarios cobrados por los civiles liquidadores en los períodos 1977-1979 y 1979-2004, junto a asesores intervinientes.
Confesión de partes
Finalmente se indica sobre este tramo de las presuntas irregularidades: “Cuando explicitamos que este expediente judicial resulta una confesión de partes, para este punto en particular, ello se patentiza en la foja 785, con fecha 6 de setiembre de 1979, donde se detallan datos considerados como “un saqueo devastador de carácter imprescriptible”.
Otro eje delictual se anuda a las rendiciones de cuentas realizadas por los liquidadores que no se habrían preocupado por las sugerentes ausencias de documentos y de rendiciones de pagos o depósitos parciales o fuera de término que demuestran –en el expediente-, el nulo control de proceso.
En el fundamento brindado por el interventor Emilio Echen, el 9 de febrero de 1999, en la foja 496 se indica que el liquidador informa al tribunal que “personas desconocidas habrían ingresado a las dependencias del ‘Camping Vigil’ (Centro Recreativo, Cultural, Social y Deportivo ‘La Colonia’) ubicado en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez en el mes de diciembre de 1998 y han sustraído documentación”.
Al acompañar la denuncia policial del hecho, no detalla sin embargo los documentos robados, sino que hace una descripción genérica. Desde ya, el detalle del faltante resulta sustancial en estos episodios por la gravedad que inviste y considerando que el denunciante era depositario de bienes ajenos sujetos a su administración.
Con el objetivo de no abrumar al lector con datos aleatorios, agregamos que, en lo concerniente a la distribución de la liquidación, se analizan los fundamentos técnico-económicos utilizados por la intervención para distribuir los créditos verificados, es decir el total de los montos específicos de los acreedores que demandaron, de lo que resultan “pocas dudas respecto de una operación infundada y arbitraria”.
También se constata un grave daño al proceso en los proyectos de distribución -reparto de ingresos por liquidación patrimonial-, tras la venta de los bienes más importantes de la Biblioteca Vigil y la “equívoca” aplicación de la Ley 21.488, que tiene que ver con los concursos y quiebras civiles, pero que no estaba contemplada para el caso de la Ley de Mutuales 20.331, que correspondía a la persona jurídica de la biblioteca, que sirviera al gobernador de facto para intervenir en la normalización.
En suma, los millonarios ingresos que dejaron las ventas edilicias y de los muebles, se distribuyeron entre los acreedores, según la clasificación estipulada por la Ley de Quiebras, con lo que se dejó para lo último a los “acreedores por deudas laborales”, los que habrían cobrado cifras irrisorias e insignificantes para así privilegiar a los acreedores que portaban deudas fiscales con la entidad. Así todo queda saldado en la esfera del Estado provincial y nacional; claro está, en la esfera de un Estado que podría ser calificado de terrorista
Para el último caso, los montos resultan insignificantes e injustificados, ya que no surge del expediente el criterio utilizado para determinarlos. Vale decir, los únicos privilegiados fueron entonces los acreedores que portaban deudas fiscales con la entidad. Así, todo queda saldado en la esfera del Estado provincial y nacional; claro está, “en la esfera de un Estado terrorista”, según expresa el expediente.
A pesar de lo explicitado, hay que hacer notar que lo descripto –incluidas las irregularidades en el procedimiento, así como sobre los bienes y fondos-, todavía no constituye el desfalco más notable operado en la liquidación: la venta de los bienes edilicios que componían la esquina de Alem y Gaboto, autorizada por la suma de $ 4.184.000.00, equivalente a U$S 2.500.000 , sin que obre constancia de la operación (escrituras públicas, constancias de ingreso de la suma de dinero a la masa liquidable o instrumento público que perfecciones la transferencia) en la cual el Estado provincial es parte compradora y vendedora simultáneamente.
Para concluir transitoriamente con el tema, vale subrayar que esta particular transacción no habría resultado sencilla para el régimen, ya que según trascendió, al parecer el botín más preciado comportaba una serie de estorbos políticos, sociales y educativos inéditos en relación al desguace hasta entonces perpetrado y a considerar especialmente en la historiografía educativa.
Obviamente, restan agregar piezas sobre el tema que se trata en esta columna. El compromiso es ir agregándolas en la medida que desenterremos nuevos datos que permitan esclarecer aún más lo sucedido en torno a la Biblioteca Vigil.
[1] Kaufmann, 2001.
[2] Resumen del gráfico Nº1 del expediente judicial reaparecido.
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*Ricardo Marconi es Licenciado en Periodismo y Posgrado en Comunicación Política
Foto: La Biblioteca Constancio Vigil en los primeros años de la década del 70 (Foto Museo de la Memoria)
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