Proponen crear un ente de Economía Circular

La iniciativa surge ante la necesidad de promover modelos sostenibles mediante la eficiencia de los recursos, la reducción de residuos y la articulación interinstitucional para impulsar la Economía Circular.

El objetivo de Julia Eva Irigoitia, al presentar el proyecto, es que el organismo articule esfuerzos entre el Estado, el sector privado, la academia y la sociedad civil, respetando las competencias de cada jurisdicción y favoreciendo la cooperación regional, la innovación tecnológica, el empleo verde y el acceso a financiamiento nacional e internacional.

Proyecto de Ordenanza

Artículo 1: Créase el Ente de Economía Circular, con sede en la ciudad de Rosario, como organismo de coordinación interinstitucional destinado a promover, articular y coordinar acciones orientadas al desarrollo del modelo de Economía Circular en la región, integrado por representantes estatales y con participación de actores privados en calidad de colaboradores o miembros consultivos.

Artículo 2: El Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) cursará invitaciones formales a los Municipios y Comunas del Departamento Rosario para participar del Ente de Economía Circular mediante la suscripción de convenios de cooperación, a fin de coordinar políticas, planes y acciones que promuevan la Economía Circular en el ámbito regional.

Artículo 3: Invítase al resto de los Municipios y Comunas del Departamento Rosario a hacer efectivo el cumplimiento de las disposiciones, lineamientos y acuerdos que se establezcan en el marco de la Unidad de Coordinación del Ente de Economía Circular.

Artículo 4: El Ente estará compuesto por:
a) Representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y del Concejo Municipal de Rosario.
b) Representantes de Municipios y Comunas que suscriban convenios de cooperación. Participarán en calidad de colaboradores o miembros consultivos:
• Instituciones académicas y centros de investigación.
• Cámaras empresariales y asociaciones productivas.
• Empresas, emprendimientos y cooperativas vinculadas a la economía circular.
• Organizaciones de la sociedad civil con fines ambientales o sociales.
• Representantes de sectores barriales, vecinales y comunitarios.

Artículo 5: La participación de Municipios, Comunas y actores privados se formalizará mediante convenios que deberán especificar, como mínimo:
a) El objeto del acuerdo, consistente en la participación en el Ente y la colaboración en el desarrollo y ejecución de políticas, programas y proyectos de economía circular.
b) Los alcances y límites de la participación.
c) La designación de representantes (con voz y voto en el caso de gobiernos locales y con voz en el caso de actores privados).
d) Los compromisos de recursos financieros, técnicos y humanos.
e) Los mecanismos de rendición de cuentas y coordinación de políticas.

Artículo 6: El Ente tendrá funciones exclusivamente de coordinación y articulación. Ninguna decisión podrá afectar las competencias ambientales, de control de residuos, uso de suelo o de imposición tributaria propias de cada jurisdicción. Se fomentará la coordinación normativa para armonizar ordenanzas y reglamentaciones locales. En caso de ejecutar políticas o programascon alcance regional, podrá requerirse la comunicación o validación ante el Ministerio de Ambiente o Producción de la Provincia de Santa Fe, en especial para acceder a financiamiento provincial, nacional o internacional. Los actos y decisiones del Ente no comprometerán la responsabilidad patrimonial de las jurisdicciones integrantes, salvo compromiso expreso en un proyecto específico.

Artículo 7: Serán funciones del Ente:
a) Coordinar proyectos y políticas para el desarrollo de la economía circular.
b) Diseñar y ejecutar programas de capacitación, sensibilización y asistencia técnica.
c) Articular redes de cooperación interinstitucional.
d) Gestionar financiamiento nacional e internacional para proyectos circulares.
e) Promover la certificación y trazabilidad de productos y procesos circulares.
f) Fomentar la eco-movilidad y sistemas de transporte sostenibles.

Artículo 8: El Ente estará organizado comprendiendo la siguiente estructura: Consejo Directivo: integrado por todos los miembros plenos (jurisdicciones estatales), que definirá lineamientos estratégicos. Dirección Ejecutiva: encargada de implementar los acuerdos del Consejo. Comisiones Técnicas: integradas por representantes estatales y colaboradores privados, especializados en áreas como residuos y reciclaje, movilidad sostenible, innovación y tecnología, educación y sensibilización, y protección de flora y fauna.

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